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La Unidad de Apoyo para la Implementación (ISU) presta servicios de secretaría y apoyo profesional a la Convención sobre la prohibición de minas antipersonal y a sus Estados Partes. En 2001, los Estados Partes asignaron al CIDHG el mandato de establecer la ISU. Este mandato prevé que la ISU preste apoyo al Presidente de la Convención, a los Copresidentes del Comité Permanente y a los Estados Partes individuales en la consecución de sus objetivos y en sus esfuerzos encaminados a asegurar el cumplimiento efectivo de la Convención.
AntecedentesLa Tercera Reunión de los Estados Partes aprobó el Documento del Presidente sobre el establecimiento de una Dependencia de Apoyo para la Aplicación de la Convención (actualmente denominada Unidad de Apoyo para la Implementación) (ISU) y acordó asignar al CIDHG el mandato de establecer la ISU.
El Consejo de Fundación del CIDHG aceptó este mandato el 28 de septiembre de 2001. El 7 de noviembre de 2001, de conformidad con las medidas arriba mencionadas adoptadas por los Estados Partes en la Tercera Reunión de los Estados Partes, el Presidente de esta Reunión y el Director del CIDHG concluyeron un acuerdo sobre el funcionamiento de la Unidad.
Si bien el Director de la ISU es el contacto día a día para los Estados Partes y otros agentes en lo que respecta a la labor de la Unidad, el Director del CIDHG deberá rendir cuentas en última instancia a los Estados Partes sobre la labor realizada por la ISU, y deberá presentar un informe anual sobre el funcionamiento de la Unidad.
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